rawpixel-799380-unsplash.jpg
Reproducir vídeo

Ciclo lectivo especial

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 50 y 53 de la Ley 115 de 1994, el ciclo lectivo especial integrado a que se refiere el artículo 10 del presente decreto, es aquel que se estructura como un conjunto de procesos y acciones curriculares organizados de modo tal que integren áreas del conocimiento y proyectos pedagógicos, de duración menor a la dispuesta para los ciclos regulares del servicio público educativo, que permitan alcanzar los fines y objetivos de la educación básica y media de acuerdo con las particulares condiciones de la población adulta.

(Artículo 11, Decreto 3011/ 97)

Educación por Ciclos Grados educativos Edad Mínima Duración
Ciclo I (1)
Grados 1, 2 y 3
13 años
Un año (800 horas)
Ciclo II (2)
Grados 4 y 5
13 años
Un año (800 horas)
Ciclo III (3)
Grados 6 y 7
15 años
Un año (800 horas)
Ciclo IV (4)
Grados 8 y 9
16 años
Un año (800 horas)
Ciclo V (5)
Grado 10
17 años
Medio año (440 horas)
Ciclo VI (6)
Grado 11
18 años
Medio año (440 horas)